background-theme

Rollo Jurisdiccional de Boadilla del Camino

El Rollo Jurisdiccional en la localidad palentina de Boadilla del Camino, se erigió en el siglo XV lo que se llamaba el Rollo Gótico Jurisdiccional

rollo jurisdiccional  (4).jpg

En la localidad palentina de Boadilla del Camino, en pleno Camino de Santiago, encontramos detrás de la iglesia parroquial un peculiar monumento, un Rollo de gran altura, ricamente decorado y que es el más espectacular de los conservados en España.

En esta localidad el Adelantado Mayor de Castilla, don Diego Gómez de Sandoval, ejerció en 1426 el derecho de señorío, se erigió en el siglo XV lo que se llamaba el Rollo Gótico Jurisdiccional como símbolo de la autonomía jurisdiccional que el pueblo poseía merced a un privilegio de Enrique IV, confirmado por los Reyes Católicos en 1482, por el cual la villa dejaba de estar sometida a los derechos de jurisdicción de los señores de Melgar y Castrojeriz.  Tiene una altura de siete metros y medio y un perímetro de base de doce y medio.

No es totalmente circular, pues el fuste, sobre una grada de cinco escalones, lleva separaciones verticales, hendiduras, con adornos en su interior. La columna se ensancha en su final con un magnífico capitel en forma de gran pila bautismal, decorado con relieves de animales y cabezas de pequeños ángeles y se remata en una especie de balconaje con un hermoso florón gótico.

El Rollo era donde se ataba a los condenados con cadenas, para exponerles a la vergüenza pública, antes de que ser juzgados  y es hoy uno de los monumentos más visitados de la zona. No existe un acuerdo total entre historiadores y juristas sobre  el origen y las funciones del Rollo Jurisdiccional y sus diferencias con el Rollo de justicia, conocido como la Picota, elemento similar y de  uso general en toda Europa, en el que se exponía al delincuente a la vergüenza pública y se situaba en el lugar más concurrido de la villa.

Con el paso del tiempo las funciones de ambos rollos se fueron confundiendo hasta el punto de que ambos tipos fueron abolidos por las Cortes de Cádiz y mandados destruir sin distinción unos de otros.

 

Bibliografía, Créditos y menciones

Texto y Fotografías propiedad de Juan Andrés Caballero Díez

Geolocalización:

© Colaboradores de OpenStreetMap
Ver en google maps